!foto27 copia.jpg (30476 bytes)

 

Convenio general de colaboración entre la Consejería de Cultura y Patrimonio de la Junta de Extremadura y la Asociación para la Creación del Archivo de la Guerra Civil, las Brigadas Internacionales, los Niños de la Guerra, la Resistencia y el Exilio Español.

En Mérida, a 5 de julio de 1999.

Reunidos.

De una parte el Excmo. Sr. Consejero de Cultura y Patrimonio de la Junta de Extremadura, don Francisco Muñoz Ramírez, nombrado por Decreto 28/1995, de 21 de julio (B.O.E. nº 86 de 22 de julio) y en virtud de las facultades que tiene conferidas por el art.33 de la Ley 2/1984 de 7 de junio de Gobierno y Administración.

De otra Dª Dolores Cabra Louredo, Secretaria General de la Asociación para la Creación del Archivo de la Guerra Civil, las Brigadas Internacionales, los Niños de la Guerra, la Resistencia y el Exilio Español (en adelante AGE).

 

Intervienen.

EL primero, en nombre y representación de la Consejería de Cultura y Patrimonio de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 33.10 de la Ley 2/1984, de 7 de junio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La segunda, en nombre y representación de AGE, en uso de las facultades que le otorga el artículo 10 de los estatutos de la citada Asociación.

Las partes se reconocen respectivamente, capacidad y competencia para la firma del presente documento y

Exponen

1º. Que a la Comunidad Autónoma de Extremadura le corresponden competencias exclusivas sobre archivos de interés para la misma de titularidad no estatal, patrimonio histórico y fomento de la cultura, según establece el artículo 7 en sus apartados 12, 13 y 15 del Estatuto de Autonomía de Extremadura.

2º. Que por parte de la AGE se señala que el patrimonio documental creado por los intelectuales, artistas, profesionales liberales, activistas políticos y sindicales, brigadistas internacionales, y, en general, por los ciudadanos de la II República, durante la Guerra Civil, el exilio y la resistencia contra el franquismo, todo ello en relación con la Comunidad Autónoma de Extremadura constituye un rico patrimonio cultural y un legado histórico que debe ser reunido, estudiado y publicado, y en suma, puesto al alcance de los ciudadanos.

3º. Ambas partes, que consideran necesario aunar esfuerzos para la consecución de los objetivos que les son comunes, por lo que consideran necesario establecer un convenio general que delimite el marco de sus mutuas relaciones de colaboración, así como auspiciar su futuro desarrollo mediante la formalización de los convenios específicos que ambas partes pueden interesar.

En virtud de lo anterior, ambas partes

Acuerdan.

Primero.- El presente convenio delimita el marco general de colaboración entre la Junta de Extremadura y AGE en las materias de interés común referentes al desarrollo de la Guerra Civil Española en Extremadura, cuyo propósito sea la recuperación, inventario, índices y otros instrumentos de control y de información, reproducción y puesta al servicio de los documentos sobre la guerra civil, la posguerra y el exilio, todo ello en relación con Extremadura.

Segundo.- Este convenio será desarrollado en sus aspectos particulares mediante convenios específicos, en los que se recogerán los programas de actuación acordados y el modo de participación en los mismos de ambas partes.

A través de dichos convenios específicos, la AGE se comprometerá a:

- Depositar en el futuro Archivo General de Extremadura las copias de documentos relacionados con la guerra civil, la posguerra y el exilio en relación con Extremadura que obren en su poder.

- Facilitar al mentado Archivo General de Extremadura una copia de todos los documentos originales recuperados por sus equipos, de la temática indicada, ya sean españoles o extranjeros, de manifiesta utilidad para la comprensión de dicha etapa histórica, que podrán ser adquiridos por el Archivo General en las condiciones que se acuerden en cada caso.

- Informar al Archivo General de Extremadura de todo archivo de origen público o privado en el que sus investigadores localicen materiales referentes a la Guerra Civil en Extremadura, para que a la vez que se realiza la copia para el Archivo General de la Guerra Civil, se realice otra copia selectiva de material específico para el Archivo General de Extremadura.

Por su parte, y a través de dichos convenios específicos, la Junta de Extremadura se comprometerá a:

- Ir proporcionando los medios necesarios para la recuperación, inventario, índices y otros instrumentos de control y de información, reproducción y puesta en servicio de los documentos sobre la Guerra Civil en Extremadura, la posguerra y el exilio, teniendo en cuenta las previsiones presupuestarias.

- A través del Archivo General de Extremadura y con los datos proporcionados por la AGE, procurará la adquisición de la reproducción de los fondos de archivo que, en relación con este tema y con Extremadura, estén en cualquier centro de archivo del mundo.

- Aceptar las copias de documentos originales y el material que se estime oportuno y, a través del Archivo General, a ponerlo al servicio de todos los ciudadanos para su investigación, salvo aquellos documentos que estén afectados de reserva en las condiciones y plazos señalados popr la legislación vigente.

- La Junta de Extremadura podrá aceptar la donación de documentos originales en relación con la guerra civil, la posguerra y el exilio cuando ambas partes lo consideren oportuno.

Ambas partes, a través de dichos convenios se comprometerán a:

- Reunir en una Guía de Fuentes para la Historia y la investigación de la guerra civil todos los datos de los fondos y centros de archivo que tengan documentos sobre esta materia en territorio de Extremadura.

- A informar de todo tipo de materiales y de cuantas personas localicen útiles para la creación del Archivo de la Guerra Civil.

- A la celebración de seminarios, cursos, encuentros, congresos, exposiciones y demás actividades complementarias que contribuyan a integrar este legado cultural en la vida intelectual extremeña actual y futura.

Tercero.- La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Cultura y Patrimonio, habilitará el marco específico, dentro de la legalidad vigente que permita conseguir los medios necesarios para colaborar con la AGE en la consecución de los fines comunes de los que suscriben.

Cuarto.- En toda la publicidad que se realice sobre las actividades objeto del presente convenio, se instará la imagen corporativa autonómica, haciéndose constar la colaboración de la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Cultura y Patrimonio. Asimismo se insertará, en su caso, el logotipo de las entidades que colaboren en dichas actividades.

Quinto.- Con el objeto de promover los convenios específicos que hayan de celebrarse en la ejecución de este convenio General, así como para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en relación con tales convenios, se crea una comisión de seguimiento formada por la Directora General de Patrimonio Cultural, y un representante de los Archivos Históricos Provinciales y dos representantes de la AGE, apoderados por escrito por ésta, y presidida por el Consejero de Cultura y Patrimonio. En dicha comisión, previo acuerdo de sus miembros podrán integrarse representantes de la Universidad de Extremadura.

Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe eel ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Junta de Extremadura.

Sexto.- El presente convenio surtirá efectos a partir del mismo día de su firma, y su período de vigencia será de tres años, automáticamente prorrogables por períodos iguales, salvo denuncia expresa por cualquiera de las dos partes comunicada a la otra con tres meses, al menos, de antelación a la expiración del mismo.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar a un solo efecto, en lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

El Consejero de Cultura y Patrimonio: Francisco Muñoz Ramírez.

La Secretaria General de la AGE: Dolores Cabra Loredo.